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La Comisión Europea insta a España a modificar la legislación para trabajar como dentista

La Comisión Europea (CE) dio un nuevo paso en el procedimiento abierto a España para que modifique la legislación nacional que regula el ejercicio de la profesión de dentista. La CE envió a las autoridades españolas una carta de emplazamiento, el segundo paso en el procedimiento, ya que considera que la legislación vigente en España no está acorde con una directiva aprobada en el 2005 para reconocer la cualificación de esta profesión.
La normativa española permite a los médicos especializados practicar la profesión de dentista, según explicó la Comisión en un comunicado. Y la directiva europea establece que esta profesión debe ser específica y distinta a la de los médicos, estén o no especializados en odontoestomalogía.
La licenciatura de odontología está vigente desde el año 1986, en el que, coincidiendo con la entrada de España en la Unión Europea, se aprobó la consideración de estos estudios como una licenciatura independiente. Hasta entonces, los dentistas debían cursar los estudios de medicina y, posteriormente, realizaban una formación en estomatología. Al formar parte de la Unión Europea se creó esta licenciatura aunque con derogaciones especiales para los médicos especializados en estomatología, siempre que hubieran comenzado su formación como muy tarde al principios de 1986.
Ahora, la actividad de dentista la pueden ejercer tanto los médicos estomatólogos como los odontólogos, y la CE ha aseverado que la legislación española no incluye el requisito de dicho límite planteado por el derecho comunitario. También ha recordado que en España los médicos especializados en cirugía oral y maxilofacial han sido admitidos en algunos casos en las oposiciones para trabajar como dentistas en la Seguridad Social.
Por último, la CE ha subrayado que no considera satisfactoria la respuesta de las autoridades españolas a la carta de requerimiento. Si la Comisión no recibe una respuesta satisfactoria de las autoridades españolas en el plazo de dos meses, puede decidir llevar el caso ante el Tribunal de Justicia de la UE.

. Fuente: EFE. 28-I-2010

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